Comunicado Comisión Directiva 05/05/2021

Ingresá y lee el comunicado completo!

Publicada el Miércoles 05 de Mayo del 2021

Y VISTOS:

1) La ley de ejercicio profesional Nº 13454 dispone en su artículo 13 que uno de los recursos de los cuales se vale la institución para su funcionamiento es el cobro de la cuota periódica que deben abonar los colegiados.-

2) La existencia de una importante cantidad de matriculados que adeudan a la institución cuotas colegiales por períodos iguales o superiores a 6 meses.-

3) La necesidad de instaurar y protocolizar un método para la realización de las correspondientes acciones administrativas o disciplinarias por dicho incumplimiento para los colegiados que adeuden cuotas de matriculación superiores a los seis meses.

Y CONSIDERANDO:

Que  durante el mes de abril la institución implementó “PLANES DE REGULARIZACION DE DEUDA” que, respetando criterios de igualdad y equidad para los colegiados, les brindan la posibilidad de cumplir con su obligación de pago.

Que, no obstante ello resulta necesario determinar un protocolo de cobro de deuda a través del cual, ante la mora el colegio, previas gestiones y luego de agotar la vía extrajudicial, pueda realizar el cobro compulsivo de las cuotas vencidas aplicando las disposiciones del juicio ejecutivo de ser necesario.

LA COMISION DIRECTIVA RESUELVE:

  1. Elaborar un protocolo de deudas de matrícula que se publicitara a través de la página del colegio colegiocfyc.org/normativas en el cual se determinaran los diferentes tipos de morosidad y las gestiones tendientes al cobro de las acreencias adeudadas según corresponda a cada uno.-
  2. Disponer que todos los gastos, costos y costas que demanden las gestiones administrativas,  extrajudiciales o judiciales serán afrontados en su totalidad por las/os deudores.-
  3. Declarar que la suscripción a cualquiera de los planes vigentes tendrá por suspendida la prescripción de las deudas contenidas en él.-
  4. Elevar denuncia pertinente ante el tribunal de ética y disciplina del Colegio de Cosmetólogos Facial y Corporal de la Provincia de Santa Fe, 2ª Circunscripción de Rosario notificando de las/os profesionales matriculadas/os que posean una deuda superior a las seis cuotas de colegiación a los fines que determine las multas y sanciones que les corresponden conforme a derecho.-
  5. Determinar que ante la falta de cumplimiento en tiempo y forma de 2 cuotas (sean o no consecutivas) de cualquiera de los planes de pagos vigentes elegidos por cada profesional para la regularización de su deuda se procederá conforme lo establecido en el punto 3).-
  6. Informar que no se entregarán certificados ni se admitirá ningún trámite en la institución hasta tanto la/el Colegiada/o se suscriba a alguno de los planes vigentes y abone la 1° cuota del mismo.-
  7. Autorizar, ante la subsistencia en la mora,  persistiendo la aptitud de ciertos profesionales en ser renuentes al pago y agotadas las vías extrajudiciales, al Estudio A. Toledo y asociados con domicilio en calle Cerrito Nº 4703 de Rosario a iniciar las distintas medidas judiciales tendientes a la regularización de matrícula, promoviendo juicio ejecutivo por cobro de pesos.-
  8. Someter a evaluación casos puntuales en los cuales ante la intimación de deuda las/os matriculados puedan demostrar con claridad las razones que justificaron su incumplimiento y en tal caso prever la posibilidad de conceder reducción o quita de intereses.-
  9. Publicar esta resolución en la página web de colegio y hacerla conocer a los matriculados.- 

Galería de imágenes:

¿Te gustó la nota?, compartila!

COLEGIO DE COSMETÓLOGOS FACIAL Y CORPORAL DE LA PROV. DE SANTA FE | 2024